En un mundo y una sociedad cada vez más preocupada por la crisis climática y sus consecuencias, la transición hacia edificios más eficientes y sostenibles no es solo una prioridad ambiental, sino también una oportunidad económica. Las reformas que persiguen una mayor eficiencia energética (mejoras en aislamiento, instalaciones renovables, envolvente térmica, climatización…) contribuyen a reducir el consumo, las emisiones contaminantes y los costes, a la vez que se incrementa el valor del inmueble.
Aparentemente, acometer estas reformas puede parecer ambicioso y costoso, pero contamos con programas estatales, autonómicos y europeos que subvencionan parte de estas reformas.
Ayudas para reformas energéticas en España
El Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia (PRTR), es el motor principal de las subvenciones actuales en nuestro país. Canaliza los fondos europeos (NextGenerationEU) hacia distintos programas de rehabilitación energética. Uno de los pilares de este plan es el Programa de Ayuda a las Actuaciones de Mejora de la Eficiencia Energética en Viviendas. Estas ayudas se articulan en diferentes niveles:
- Viviendas individuales (unifamiliares o dentro de edificios colectivos).
- Edificios enteros (rehabilitación energética a nivel de edificio).
- Programas especiales y pilotos para comunidades energéticas, autoconsumo o innovación energética a cargo del IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía) y otros organismos.
Por otra parte, el IDAE dispone de un catálogo de ayudas activas en todo el territorio español, que incluye subvenciones estatales, autonómicas y locales.
También se fomenta la rehabilitación mediante convocatorias específicas vinculadas al mecanismo NextGenerationUE para viviendas y edificios, en las que se exigen mejoras mínimas de eficiencia energética para optar a los fondos.
¿Qué tipo de actuaciones se subvencionan?
Para acceder a estas subvenciones, la reforma debe aportar mejoras reales en eficiencia. Algunas de las actuaciones más comunes son:
- Aislamiento térmico de fachadas, cubiertas o suelos (mejorar la envolvente del edificio).
- Cambio o mejora de ventanas, vidrios con baja emisión o carpinterías nuevas.
- Instalación o mejora de sistemas de calefacción, climatización o producción de agua caliente sanitaria más eficientes o basados en energías renovables (bombas de calor, solar térmica, geotermia…).
- Incorporación de energías renovables, autoconsumo y almacenamiento energético.
- Obras complementarias que mejoren la eficiencia energética global del edificio, siempre que la intervención permita alcanzar el objetivo energético exigido.
Generalmente, estos programas establecen requisitos mínimos, como la reducción de demanda energética (calefacción/refrigeración) de al menos un 7% o reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%, dependiendo del programa.
Para intervenciones en edificios completos, las ayudas pueden alcanza entre un 40 y un 80% del coste y hasta el 100% en casos de vulnerabilidad económica.
En cuanto a las viviendas individuales, el programa estatal contempla ayudas del 40% del coste de la actuación, con un límite de 3.000 euros por vivienda.
En el ámbito de los fondos NextGeneration, para actuaciones más ambiciosas, las ayudas pueden oscilar entre 6.300 y 18.00 euros por vivienda, según los ahorros energéticos logrados.
Requisitos y condiciones comunes
No todas las viviendas ni reformas pueden acogerse automáticamente a estas ayudas. Algunos requisitos habituales son:
1. Vivienda habitual y permanente: la ayuda suele reservarse para el domicilio habitual del solicitante (propietario, usufructuario o arrendatario).
2. Obras finalizadas en plazo: las reformas deben ejecutarse dentro de los plazos determinados. Por ejemplo, en viviendas dentro del programa actual, las obras deben finalizar antes del 30 de junio de 2026.
3. Justificación técnica y certificaciones: es obligatorio entregar memoria técnica, contrato con técnicos competentes, comparativa del certificado energético antes y después de la reforma, con un programa reconocido.
4. Compatibilidad y no duplicidad: no se pueden subvencionar los mismos costes con varias ayudas. Se permite compatibilidad con otros programas, si no se solapan los costes subvencionados.
5. Convocatorias autonómicas: corresponde a cada comunidad autónoma publicar sus convocatorias específicas, establecer plazos, requisitos adicionales, documentos concretos y procedimientos de solicitud.
6. Cumplimiento de criterios europeos: al ser fondos europeos, las reformas deben respetar principios como el principio DNSH (no causar perjuicio significativo), manejo sostenible de residuos o uso de materiales reciclables.
Y unos consejos finales: si quieres beneficiarte de alguna de estas ayudas, no olvides consultar el catálogo de ayudas del IDAE, para ver que programas hay activos en tu comunidad autónoma. También puedes visitar la web del ministerio de Vivienda para conocer los programas estatales y los mapas de convocatorias en las CCAA. Una vez tengas claro a qué ayudas te puedes acoger, sé lo más rápido posible en tu solicitud, pues muchas convocatorias funcionan por orden de presentación.
Y por último, no olvides que, además de las subvenciones directas, también existen deducciones fiscales para la rehabilitación energética. Unos incentivos fiscales que varían según la normativa vigente, pero que pueden suponer un importante ahorro en tu reforma.

 
		 
							 
							