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Todo lo que debes saber para beneficiarte de bono social eléctrico

El bono social se puso en marcha en julio de 2009 para ayudar a las familias con menos recursos a afrontar la costosa factura de la luz. A lo largo de los años, la situación económica y social y los acontecimientos internos y externos han obligado a modificar tanto las cuantías como los requisitos para optar a este bono. En la actualidad, este descuento en la factura eléctrica se sitúa entre un 25 y un 40%, pero excepcionalmente en 2023 se han ampliado hasta llegar a un 80% en los casos de mayor vulnerabilidad. El bono social tiene una validez de dos años, salvo en el caso de las familias numerosas que lo reciben mientras mantengan dicho título. Las comercializadoras tienen la obligación de renovarlo automáticamente siempre que los usuarios cumplan con los requisitos exigidos.

Para poder recibir este descuento en la factura de la luz se deben cumplir los siguientes criterios:

  • Estar en situación de desempleo.
  • Encontrarse afectado por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE).
  • Si eres empresario, que se haya visto reducida tu jornada por motivos de cuidados a familiares u otras circunstancias que supongan una pérdida sustancial de ingresos.

Requisitos para beneficiarse del Bono Social

Hay tres tipos de consumidores que, si cumplen los requisitos requeridos, pueden optar al bono social:

Consumidores vulnerables

En este caso el descuento es de un 25% o del 65% hasta final de 2023. Y se consideran consumidores vulnerables a aquellas unidades familiares que no superen ciertas veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), según el número de miembros:

  • Si no hay menores, la unidad familiar no podrá superar 1,5 veces el IPREM (12.159,42 euros al año).
  • Si hay un menor, no se podrá superar en 2 veces el IPREM (16.212,56 euros al año).
  • Si hay dos menores, no se podrá superar en 2,5 veces el IPREM (20.265,70 euros al año).

Adicionalmente también podrán considerarse vulnerables aquellos consumidores que cumplan los siguientes requisitos:

  • Unidades familiares con al menos un menor de 16 años.
  • Algún miembro de la unidad familiar con discapacidad reconocida superior al 33%.
  • Algún miembro de la unidad de convivencia en situación de dependencia reconocida de grado 2 o 3.

Consumidores vulnerables severos

El descuento en este grupo es del 40% o del 80% hasta diciembre de 2023. Las circunstancias que se deben dar para acceder al bono social ene este caso son:

  • Una renta anual menor al 50% de los umbrales establecidos para ser considerado vulnerable, incluyendo el incremento previsto para los casos en los que concurran las “circunstancias especiales”.
  • Personas o parejas sin hijos: no podrán superar 0,75 veces el IPREM (6.079,71 euros al año).
  • Familias numerosas que perciban una renta anual igual o menor a 2 veces el IPREM de 14 pagas (16.212,5 euros por año).
  • Percibir la pensión mínima y no tener otros ingresos cuya cuantía superen los 500 euros anuales. Deberán percibir una renta anual igual o inferior al IPREM de 14 pagas (8.106,28 euros anuales).
  • Si existe un menor en la unidad familiar, no se podrá superar el IPREM.
  • Si hay dos menores no se podrá superar en 1,25 veces el IPREM (10.132, 85 euros anuales).
  • Pensionistas de la Seguridad Social. Todos los miembros de la unidad familiar han de ser pensionistas, percibir la pensión mínima y tener una renta anual inferior o igual al IPREM (8.400 euros).
  • Percibir el Ingreso Mínimo vital.

Consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión social

En el caso de que los clientes vulnerables severos sean atendidos por los servicios sociales de una Administración Autonómica o local, que financie al menos el 50% del importe de la factura electrónica, se les considerará consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión social . No harán frente a la factura eléctrica y no se les podrá interrumpir el suministro eléctrico.

Cómo solicitar el bono social eléctrico

Para solicitar el bono social eléctrico puedes hacer tres gestiones:

  1. Llamada de teléfono al número que se encuentra en la web de la comercializadora o en la web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
  2. Acudir a las oficinas del comercializador de referencia.
  3. Mediante fax o correo electrónico en la dirección que comunique el comercializador en su web o factura.

Sea cual sea la forma elegida para solicitar el bono, deberás contar con varios documentos: el formulario de solicitud del bono, cumplimentado y firmado por toda la unidad familiar; fotocopia del NIF o NIE del titular de la luz y de todos los miembros de la unidad de convivencia; certificado de empadronamiento en vigor, individual o conjunto, del titular y de todos los miembros de la unidad familiar; fotocopia del título de familia numerosas en vigor; certificado de los Servicios Sociales del órgano competente que acredite circunstancias especiales, tales como una discapacidad igual o superior al 33 %, ser víctima de violencia de género o terrorismo, dependencia reconocida de grado 2 o 3 o familias monoparentales con uno o más hijos.